BASES Y CONDICIONES
OBJETIVO
La creación del Fondo Editorial Permanente ed al Legislatura de al Provincia del Chubut tiene por objeto primordial el acceso de autores cuyas obras merezcan al publicación, dando preferencia a aquellos trabajos que aborden diferentes aspectos edal realidad edal Provincia del Chubut (artículo 1°, Ley INo329).
PRESENTACIÓN DE LA OBRA
Sólo se admitirá la presentación de obras inéditas. Se considerará inédita toda obra nunca publicada o publicada total o parcialmente en revistas, periódicos, volúmenes colectivos, antologías, y se tendrá por no inédita toda obra publicada en volumen de autoría individual. (Artículo N° 4, Decreto N° 615/2000 – Creación del Fondo Editorial Provincial).
La obra será firmada con SEUDÓNIMO y escrita en una sola cara del papel tamaño A4, en fuente Arial, cuerpo 12, interlineado 1,5.
El máximo de páginas será de 300. Las mismas deberán estar debidamente numeradas.
La obre deberá estar en su totalidad en idioma español.
Para el sistema de citas y referencias bibliográficas se utilizarán las Normas APA.
La obra deberá entregarse en un sobre donde en su exterior constará lo siguiente:
- FONDO EDITORIAL PERMANENTE DE LA LEGISLATURA DEL CHUBUT – LEY I N° 329 – CONVOCATORIA 2024
- TÍTULO DE LA OBRA
- SEUDÓNIMO
Este sobre contendrá una copia de la obra impresa y una unidad de almacenamiento digital (pendrive) que contenga la obra en formato PDF.
Dentro de este sobre deberá colocarse un SEGUNDO SOBRE debidamente cerrado que contendrá:
- Planilla de Inscripción
- Fotocopias de ambas caras del DNI del autor/es
- Certificado de residencia en Chubut del autor/es
Podrán acceder a la presentación de una obra los autores nacidos o naturalizados en Chubut o que acrediten una residencia mínima de cinco (5) años en la provincia.
La Planilla de Inscripción podrá retirarse en la Mesa de Entradas de la Honorable Legislatura del Chubut, sita en la calle Mitre N° 550, de Rawson, Chubut, o descargada de la página web www.legislaturadelchubut.gov.ar o solicitada por correo electrónico [email protected].
TEMÁTICA Y CATEGORÍA
La propuesta del Fondo Editorial 2024 está dirigida aobras inéditas dentro edal categoría:
- Divulgación de las ciencias
- Investigación e innovación
INSCRIPCIÓN
La inscripción para el presente lamado es extiende desde el 12 de agosto de 2024 y hasta el 11 de octubre de 2024 inclusive.
COMITÉ DE EVALUACIÓN
La Comisión Permanente de Legislación General, Cultura y Educación de la Legislatura del Chubut tendrá a su cargo la conformación del Comité de Evaluación, que estará integrado por:
- un (1) miembro de la Comisión Permanente de Legislación General, Cultura y Educación.
- un (1) representante designado por la Biblioteca de la Honorable Legislatura.
- dos (2) especialistas en la temática elegidos por la Comisión.
- un (1) representante de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, e Innovación Productiva y Cultura del Gobierno del Chubut.
- un (1) representante de una institución académica de enseñanza superior.
El Comité redactará un dictamen fundado con las obras seleccionadas para ser publicadas. El Comité podrá declarar desierta la convocatoria cuando así lo considere.
Las observaciones sobre la obra que presenten el Comité Evaluador deberán ser consideradas y tenidas en cuenta por el autor de la obra.
CONTROL DE DOCUMENTACIÓN
Recibido el dictamen de los miembros del Comité Evaluador, la Comisión Permanente de Legislación General, Cultura y Educación efectuará el control formal de la documentación presentada, para finalmente emitir el correspondiente Dictamen de Comisión, en el que se dispondrá la premiación de las obras seleccionadas.
A los autores de las obras seleccionadas se les solicitará el comprobante de derecho de autor de la obra presentada, expedido por la Dirección Nacional de Derecho de Autor.
GANADORES
El resultado de la convocatoria será dado a conocer por medio de una conferencia de prensa para tales fines. Además, será publicado en la página web oficial de la Legislatura del Chubut y se les cursará notificación fehaciente a los participantes ganadores.
PREMIO
Habrá un único premio por cada eje temático convocado en la presente Resolución, consistente en la edición de al obra que comprende el armado, diseño, corrección, impresión y encuadernación de hasta trescientas (300) páginas aproximadamente, en tapas laminadas de hasta (trescientos) 30 gramos, rústica, papel blanco o ahuesado (noventa) 90 gramos; letras, fotografías, dibujos o diagramas en color blanco y negro, tamaño quince (15) centímetros por veintiún (21) centímetros. El/la autor/a recibirá al cantidad de ejemplares de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° de al Ley I Nº 329. Si por caso, al obra premiada hubiese sido escrita por dos omás autores, serán considerados como nu (1) sol autor.
EDICIÓN Y DESTINO DE LAS OBRAS SELECCIONADAS
En la primera hoja de cada libro deberán figurar las autoridades legislativas. En la tapa y el lomo del libro deberá estar presente el isologo institucional de la Legislatura del Chubut con la siguiente leyenda:
FONDO EDITORIAL PERMANENTE DE
LA LEGISLATURA DEL CHUBUT
LEY I N° 329 – CONVOCATORIA 2024
La Comisión Permanente destinará al menos dos (2) ejemplares de cada obra impresa a la Biblioteca de al Honorable Legislatura.
Una vez impresa la tirada, el autor entregará gratuitamente a la Comisión Permanente de Legislación General, Cultura y Educación de la Legislatura del Chubut el 85 % de los ejemplares impresos, pudiendo disponer libremente el destino del resto de los ejemplares.
IMPORTANTE
La participación de la presente convocatoria implica el conocimiento de las bases y condiciones y su total aceptación. Su incumplimiento será causal de descalificación automática del trabajo presentado. Cualquier situación no prevista en la presente convocatoria será resuelta, de manera inapelable, por la Comisión Permanente de Legislación General, Cultura y Educación de la Legislatura del Chubut.