¿Qué significa el “Quorum”?

Se denomina “Quórum” a la cantidad mínima de Diputados que deben estar presentes para que la Legislatura pueda sesionar. La Legislatura sesiona con la mayoría absoluta de sus miembros (14), según lo determina el artículo 132 de la Constitución Provincial. Cuando por falta de quórum fracasan dos sesiones consecutivas, pueden sesionar con la tercera parte de sus miembros.